ESCOLTA PRIVADO mediante CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
Curso de 110 horas, 89 horas de teleformación y 21 horas en cinco clases presenciales.
40 h. prácticas empresa (Posibilidad de Exención para vigilantes)
Este curso está especialmente diseñado para aquellas personas que ya tienen el Certificado de Profesionalidad SEAD0112 “Vigilancia, Seguridad Privada y Protección de Explosivos”, y quieran obtener la TIP de Escolta Privado y la Certificación Profesional Completa SEAD0112 “Vigilancia, Seguridad Privada y Protección de Personas”.
Objetivos
El desarrollo del curso de escolta privado es teórico-práctico y con el conseguiremos capacitar al alumno para obtener la Habilitación Profesional (TIP) de Escolta Privado, además del Certificado de Profesionalidad completo SEAD0112 “VIGILANCIA, SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCIÓN DE PERSONAS” (Solo si ya posees el SEAD0112 Vigilancia, Seguridad Privada y Protección de Explosivos).
Requisitos
Para habilitarse como Escolta Privado con este curso, hay que tener previamente el curso de Certificado de Profesionalidad de Vigilancia, Seguridad Privada y Protección de Explosivos (SEAD0212).
Además, para esta habilitación se debe de tener una estatura mínima de 1,70 metros en el caso de los hombres y 1,65 metros las mujeres.
Sin convocatorias, ni exámenes, ni pruebas físicas con la policía.
REQUISITOS PARA PODER OBTENER LA HABILITACIÓN DE ESCOLTA PRIVADO
Para poder obtener el número de habilitación en la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) que expide la policía, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
- Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembrepor el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de Seguridad Privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
- Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- No haber sido condenado/a por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
- No haber sido sancionado/a en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
- No haber sido separado/a del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridadespañolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
*Si no se tiene alguno de esos requisitos, el interesado podría hacer el curso, pero solicitaría la TIP a la policía cuando ya cumpliese el requisito. Ejemplo 1: Un alumno con 16 o 17 años, puede hacer el curso, pero no podrá solicitar la tip hasta que cumpla los 18. Ejemplo 2: Un alumno con antecedentes penales que ya le caducaron y tras solicitar limpiarlos, le falta un año para que ya no le aparezcan. Puede realizar el curso y solicitar la tip cuando cuando limpie los antecedentes.
PREGUNTAS FRECUENTES:
1) ¿Tienen que presentarse los aspirantes a Escolta Privado a las pruebas físicas?
No
2) ¿Qué duración tiene el curso de Escolta Privado?
El curso de Escolta Privado tiene una duración de 110 horas, las cuales 21 de ellas son presenciales y 89 de teleformación.
3) ¿El límite de edad para presentarse a Escolta Privado es el mismo que para vigilante de seguridad?
Desde el año 2014 no hay límite de edad. Solo ser mayor de 18 años.
4) ¿De cuántas preguntas consta el examen?
No hay exámenes de la policía. Solo examen de la unidad UF2676 “Técnicas de protección de personas” del certificado.
5) ¿Cuáles son las funciones del Escolta Privado?
Son funciones de los escoltas privados, con carácter exclusivo y excluyente, el acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas que no tengan la condición de autoridades públicas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos. Excepcionalmente y cuando las circunstancias así lo determinen, la Secretaría de Estado para la Seguridad podrá autorizar que escoltas privados acompañen, defiendan y protejan a personas que tengan la consideración de autoridades públicas. La defensa y protección a prestar ha de estar referida únicamente a la vida e integridad física y a la libertad de las personas objeto de protección.
Requisitos generales del artículo 28 de la LSP
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