Publicadas las bases de la convocatoria de para Vigilantes de Seguridad y Especialidades.

El pasado Jueves 2 de Enero de 2020 se publicaba en el BOE (Boletín Oficial del Estado) las bases de la convocatoria de los exámenes para Vigilantes de Seguridad, sus diversas especialidades así como las pruebas para Escoltas.

De ese modo los plazos para presentar las solicitudes quedan como sigue:

  • 01/2020 Del 3 de enero al 17 de enero de 2020. 
  • 02/2020 Del 2 de marzo al 13 de marzo de 2020.
  • 03/2020 Del 4 de mayo al 18 de mayo de 2020.
  • 04/2020 Del 31 de agosto al 11 de septiembre de 2020

La inscripción se puede hacer de modo telemático a través del siguiente enlace (pulsa).

A) A través de la página Web www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790.

Quienes deseen tomar parte en las pruebas de selección, para cada una de las convocatorias, cursarán su solicitud cumplimentando el Modelo 790, Código de tasa 015, por alguno de los siguientes procedimientos:

Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado («Ejemplar para la Administración», «Ejemplar para el interesado» y «Ejemplar para la entidad colaboradora»).

El original de los tres ejemplares del impreso de solicitud (no son válidas las fotocopias) cumplimentados en la forma descrita, se presentarán en cualquier entidad bancarias para hacer efectivo el pago de la tasa, dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la base 2.1.

Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes, el «Ejemplar para la Administración» del modelo 790 de solicitud, debidamente firmado por el interesado y con validación del pago de la tasa, deberá presentarse a través de cualquier Comisaría de Policía Nacional, o en la División de Formación y Perfeccionamiento, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o aquellas otras de las referidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En las dependencias policiales se prestará el apoyo necesario para facilitar la inscripción a los interesados.

B) A través de la página Web, www.policia.es, pulsando en el enlace «Sede electrónica», mediante un procedimiento íntegramente electrónico, que implica los siguientes pasos:

1. Cumplimentar el formulario electrónico que aparece en la misma.

2. Realizar el pago electrónico de la tasa mediante la opción incluida al efecto.

3. Firmar, electrónicamente, la solicitud y, en su caso, la autorización para solicitar de oficio el certificado de antecedentes penales.

4. Enviar la solicitud al Registro Electrónico, mediante la opción incluida al efecto, e imprimir el justificante devuelto por dicho Registro.

Las pruebas podrán realizarse en: Baleares, Córdoba, Granada (que es el lugar más cercano para las personas residentes en Almería), Madrid, Santa Cruz de Tenerife, Santiago de Compostela, Tarragona, Valencia y Zaragoza.

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